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jueves, enero 19, 2012

LEY SOPA EN ECUADOR






COMO VERAN EN LA IMAGEN DE ARRIBA NO SE MUESTRA BIEN NUESTRO PRECIADO  ESCUDO Y NI LA BANDERA SOBRE MONTADA EN EL TERRIRORIO SABEN POR QUE ?

Por que sopa hasta eso lo ve como una accion de pirateria :


Quiero compartir con todos ustedes lo que le envié, tomando en cuenta que he realizado algunas modificaciones para que no parezca una entrevista, sino un artículo. Igualmente, comentarles que en algunos casos he profundizado en varios conceptos, ya que el formato lo permite.

SOPA y PIPA definitivamente van a influir en el Ecuador, y no solo del lado de quienes administramos un sitio web, sino como usuarios. Su objetivo, según fue presentado y promovido por varios representantes, es el de terminar con la piratería. Este, sin lugar a dudas, es un problema que efectivamente afecta a varias industrias. Sin embargo, debido a las atribuciones que el Procurador General tuviese si el proyecto de ley es aceptado, se estaría coartando la libertad de expresión de los usuarios de Internet, así como la operabilidad de varios sitios que generan contenido basados en el accionar de sus usuarios.

Como agregado, cabe mencionar que no se estaría atacando al problema real: La piratería, pues esta seguiría existiendo, cortando únicamente los canales mediante los cuales se pueden comunicar los usuarios con las fuentes que producen material violatorio a leyes de derecho de autor.

El problema radica en que la diferenciación entre “Sitios Domésticos” y “Sitios Extranjeros” dentro del texto de proyecto de ley es demasiado abierta y poco técnica. Esto afectaría enormemente a quienes tenemos proyectos en Internet dentro o fuera del territorio norteamericano.

De hecho, personalmente creo que la ambigüedad en esta diferenciación es el mayor problema de este proyecto de ley. Lo explico brevemente:

SOPA trata de clasificar a los sitios web en dos grupos usando un lenguaje nada técnico y solamente basándose en su domino. Para este proyecto, un sitio web local es aquel que tiene un “nombre de dominio domestico o dirección IP domestica” y que han sido registrados o asignados por una autoridad que esté operando dentro de los Estados Unidos.

Esto es muy peligroso, pues sitios web como Hotwaves, cuyos servidores antes de la migración a Blogger se encontraban en Canadá, pueden ser objeto de aplicación de la ley SOPA (si se aprobase) debido únicamente a que el dominio es de primer nivel y fue registrado usando un agente norteamericano.

Un “Sitio Extranjero” es aquel que no es domestico, así de simple y poco completa es la interpretación dentro del texto de SOPA.

¿Existe un problema aquí? Por supuesto que sí. Sitios web que operan en Estados Unidos como Reddit, por ejemplo, pudiesen no verse afectados ya que uno de sus dominios es www.redd.it y, por lo tanto, debe ser considerado como extranjero a pesar de que no lo es. Y, por el contrario, un sitio como Wikileaks, que opera fuera de USA, pudiese ser considerado domestico y aplicable a SOPA solamente por su dominio. Esto representa una real amenaza para los sitios web ecuatorianos.

¿Qué podría pasar con los sitios web ecuatorianos que pudiesen ser clasificados como domésticos y, en consecuencia, aplicables de SOPA?



El Procurador General ganaría muchas atribuciones si este proyecto de ley se aprobase. Podría obtener una orden de la corte para solicitar acciones inmediatas a sitios webs extranjeros (o porciones de estos) tal como se define por lo siguiente:

El sitio web es dirigido a los Estados Unidos (tiene alcance). El dueño u operador del sitio está cometiendo o facilitando el cometimiento de actos criminales que violan varios estatutos de las leyes norteamericanas. Estas violaciones, como es de imaginarse, se refieren a leyes de copyright y productos falsificados. El sitio sería objeto de embargo (si es domestico).

En PIPA se observa exactamente lo mismo, con un lenguaje algo diferente. Creo que la parte que tiene un alcance peligroso es “facilitando el cometimiento”. ¿Qué exactamente es facilitar? ¿Quién clasifica diferentes acciones como facilitadoras para el cometimiento de actos ilícitos? ¿Un simple enlace es facilitador de dichas violaciones? ¿Una guía en video de cómo hacer un rip de un DVD lo es? Creo que existe un gran vacío en este punto, a la vez que se otorga demasiado poder.

Usando este criterio, el Procurador General podrá pedir, sin necesidad de un juicio previo, las siguientes acciones a sitios web domésticos:



Pedir la remoción de enlaces que apunten al sitio web infractor. Esta medida inclusive afecta a motores de búsqueda como Google: Un proyecto ecuatoriano que base sus operaciones en Internet y que no esté en Google perdería la mayor parte de su esfuerzo en posicionamiento, tráfico y SEO. Esto afectaría de manera sustancial a sus ingresos, pues es muy común que este tipo de empresas se financien casi en su totalidad con la venta de publicidad. Como un dato agregado, cuando le pregunte qué pasaría si su empresa no estuviese en Google al CEO de una importante startup ecuatoriana, me supo responder: Significaría un impacto en nuestras visitas del 70%, quebraríamos. Pedir el retiro de publicidad por enlaces o banners en redes de publicidad como AdSense: Esta podría ser otra acción de quiebra inmediata para muchos proyectos en el país. Sin dinero, no se puede operar. El corte de todo canal de pago digital o en redes de pago como PayPal: Una vez más, otra acción que produciría el mismo efecto. El bloqueo de las DNS del sitio web extranjero: Es decir, no se pudiese contar con el tráfico norteamericano. Esto no parece ser importante, pero afectaría enormemente a portales de noticias que comúnmente son consultados por migrantes.

Un sitio web ecuatoriano, que puede ser clasificado por SOPA como infractor, puede ser quebrado en base a:

Retiro de su presencia en Google Retiro de publicidad en AdSense Retiro de vías de pago como PayPal

Esto solo por nombrar algunos efectos y a algunos servicios. La lista y las posibilidades son enormes.

Hay que tomar en cuenta que en el caso de los motores de búsqueda, inclusive se puede solicitar un monitoreo continuo para que otros enlaces al sitio web infractor no sean indexados. Esto no sucede en otro tipo de servicios, como Digg.

Al principio de este artículo dije que esta ley no solamente afectará a quienes lideran proyectos basados en Internet en el mundo, sino a todos como usuarios. Esto es lógico ¿Se imaginan una Internet sin Facebook? ¿Sin Twitter? ¿Sin YouTube? ¿Sin tu blog favorito? Parece ser extremista, pero puede suceder.

Lo que realmente debes pensar como usuario: ¿Te imaginas una Internet sin la libertad de poder escribir y discutir sobre cualquier tema que te dé la gana?.

[hotwaves]

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